martes, 17 de mayo de 2011

2.2 ELEMENTOS Y FUNCIÓN DE LA POSESIÓN DE ESTADO DEL CÓNYUGE

Aún  cuando la posesión de estado de cónyuge produce efectos jurídicos, la reforma, al igual que el Código derogado, no señala los hechos que constituyen esa posesión. En consecuencia, habrá que aplicar en la medida  en que exista  analogía, lo dispuesto a materia de filiación.
En cuando al elemento fama, este no presenta peculiaridades. En cambio el nombre no puede exigirse al marido y su ausencia con respecto a la mujer no tiene significación alguna, ya que este es un uso facultativo de la mujer. En cuanto al trato, debe tenerse en cuenta las diferencias del trato de padre a hijo, y  entre cónyuges.
Función que desempeña la posesión de estado:
La posesión de estado produce sus principales efectos en materia de prueba de titularidad de estados civiles.
Función de la posesión de estado de cónyuge.
1.   No puede invocarse la nulidad del acta de matrimonio por irregularidades de forma, cuando existe posesión de estado. (CC, Art 114). Aunque en principio la única prueba válida del matrimonio es la copia certificada del acta de su celebración (CC, Art. 113), los cónyuges pueden pedir al juez competente que declare la existencia del matrimonio,  en caso de que por dolo  o culpa del funcionario respectivo, no se ha inscrito el acta de matrimonio en el registro correspondiente, cuando concurran entre otras causas prueba plena de posesión de estado conforme, constituyendo así,  una prueba de matrimonio a falta de acta respectiva.
2.   Por último, la posesión de estado de conyugue es una de las pruebas que pueden hacerse valer en juicio para obtener prueba supletoria de la partida de matrimonio en los casos previstos en el articulo 458 CC.

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